¿Puede mi jefe obligarme a usar una máscara? Las reglas de California están cambiando
Esta semana, California está flexibilizando su mandato de uso de mascarilla para interiores, pero la era de los protectores faciales no ha terminado.
El retroceso del mandato se centra en el uso de las mascarillas para las personas no vacunadas y para todas las personas, independientemente del estado de vacunación, en situaciones específicas. Los condados también pueden seguir exigiendo protocolos de uso de mascarilla más estrictos.
Y también puede hacerlo tu empleador.
De acuerdo con las Normas Temporales de Emergencia COVID-19 (ETS, por su sigla en inglés) de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de California (Cal OSHA), los empleadores deben al menos seguir los requisitos estatales del uso de mascarillas, pero también pueden crear reglas más estrictas para sus empleados.
La ETS establece normas provisionales para que los empleadores y los empleados eviten la propagación del coronavirus en los lugares de trabajo. Se aplica a la mayoría de los trabajadores de California y, en general, sigue las directrices establecidas por el Departamento de Salud Pública de California (CDPH).
Esto significa que los empleadores tendrán que seguir el mandato actualizado de uso de mascarillas del estado que entrará en vigor el 16 de febrero. Los empleados deben tener en cuenta, sin embargo, que la ETS tiene algunas reglas y excepciones específicas.
Los empleados pueden usar una mascarilla, incluso si no es necesario
Si un empleado está totalmente vacunado contra el COVID y prefiere seguir usando una mascarilla mientras trabaja, puede hacerlo, según la ETS.
Sin embargo, si el uso de la mascarilla supone un riesgo para la seguridad o interfiere con el uso del equipo de trabajo, el empleador tiene derecho a no permitirla.
Tu jefe puede exigirte que uses mascarilla
Los empleadores pueden mantener unas directrices más estrictas sobre las mascarillas, más allá de lo indicado por la ETS. Con este derecho, tu jefe puede seguir exigiendo a los empleados vacunados y no vacunados que lleven la cara cubierta en el trabajo.
Según las normas de emergencia, los empleadores deben hacer adaptaciones para los miembros del personal que no puedan usar mascarillas debido a una condición de salud mental o física o a una discapacidad auditiva. También deben hacerse excepciones para las personas que se comunican con personas con problemas de audición o si no pueden trabajar eficazmente con una mascarilla.
Hay otras excepciones a las normas sobre mascarillas de la ETS
Los empleados no tienen que llevar un protector facial si están solos en una habitación o un vehículo, o si comen y beben mientras se distancian socialmente.
También exentos de llevar mascarillas son quienes usan respiradores.
Los empleadores deben proporcionar a sus empleados mascarillas
Las normas de emergencia exigen que los empleadores dispongan protectores faciales para los empleados vacunados o no vacunados, que hayan contraído previamente COVID-19, que hayan estado en contacto estrecho con alguien con el virus o que conduzcan un vehículo de la empresa.
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